28 octubre 2013

La adopción como derecho en parejas homosexuales

Durante muchos años se les permitía únicamente a las parejas heterosexuales  adoptar niños(as). Esta tendencia ha ido cambiando con el pasar del tiempo, debido a que tiene un nuevo agregado social, que es el de permitir la adopción de niños(as) a parejas homosexuales con el fin de evitar un tipo de discriminación. En distintos países como: Holanda, Bélgica, España, Canadá, Sudáfrica, Noruega, Suecia, Portugal, Islandia, Argentina, Dinamarca, Uruguay, Nueva Zelanda y Francia tanto la adopción c­­omo el matrimonio han sido legalizados por el simple hecho que los homosexuales tienen los mismo derechos que las parejas heterosexuales y dentro de esos derechos es la adopción, cabe destacar que cada uno de estos países históricamente presentaban castigos severos contra los homosexuales.

En Colombia la situación es muy delicada debido a que es un país políticamente conservador y por ende quiere mantener su posición frente a los demás países latino americanos, la problemática de Colombia se basa en la situación jurídica existente y la incapacidad de excluir a los homosexuales de los derechos constitucionales, pero a mí parecer la capacidad conceptual del ser humano no se basa en una limitante, sino en un aceptación evolutiva que conlleva a una mejor convivencia entre la sociedad.

De acuerdo a lo anterior, la adopción, fundamentalmente es crear entre dos personas una filiación jurídica, es decir, una relación ejemplar demostrada entre una persona y sus hijos. La creación de esta filiación es exclusiva del derecho es llamado adopción artificial. En Colombia la participación legislativa de los homosexuales es bastante alta y su importancia frente a la constitución Colombiana es notable debido a que sus derechos humanos son relativamente nueva, ya que el estado Colombiano ha venido trabajando en ello desde el 2007, pero esto no deja de ser un motivo para que la sociedad excluya los derechos adoptivos como personas naturales que son. Con el fin de mantener un orden social, que en definición ha cambiado, sólo ha avanzado en cuanto a un agregado específico y beneficioso. No es simple juzgar a las personas por sus orientaciones sexuales, pero negarles el derecho de adopción por el simple hecho de que no cumple un orden biológico determinado por la lógica del hombre común es condenable: “La adopción conjunta por homosexuales es crear unos vínculos artificiales de filiación entre dos padres y un hijo, o dos madres y un hijo: pero tales vínculos no existen en la filiación biológica.” (Aguirre Aldaz: 3), de que vale mí argumento y filosofía dentro de la democracia si sé que la decisiones parlamentarias estarán basadas en una constitución que cumple con el bien general de la nación.

¿Qué tal si el bien general de la nación hablara de una aceptación total sobre la homosexualidad? La sociedad podría desarrollar infinitas soluciones ante ésta inequívoca injusticia, pero con qué fin estaría yo ó la sociedad demostrando esto, sí al final estaríamos sacrificando una conciencia social, en vez de estar debatiendo por lo correcto de la lógica común popular, estaría enfocado en cómo cumplir la satisfacción de un pueblo con libre albedrio sin afectar  las costumbres generadas desde nuestros antepasado.  

Según Jefreys, (1996); Mirabet Mullol, (1985) “La adaptación psicológica y social es equivalente a la de la población heterosexual”. (López A., 1998, Pág. 13), Jefreys opina como si estuviera midiendo a la sociedad  del común sabiendo que no todas pueden ser medidas de la misma manera, en éste caso, los homosexuales por su  orientación sexual en relación a adoptar, éstas parejas pueden desarrollar cierto riesgo psicológico y social, y por ende se va a ver reflejada durante el crecimiento del niño, ya que estas personas no dejan de ser seres racionales, inteligentes y auto competitivos dentro de la sociedad actual.


Vale la pena demostrar la participación social económica de los homosexuales frente al mundo, y de cómo enfrentan su crecimiento de éste basando su vida en formar un núcleo familiar, en donde se presenta un nivel de madurez intelectual junto a la formación de una criatura en crecimiento, cabe destacar que ésta fase no es instinto solo de mujeres sino también es pleno de los hombre como seres activos productivos: “Vicent R. LLopis Sala, (1995) sostiene que lo que determina el éxito en la educación y desarrollo psicosocial de un menor adoptado, no es tanto la orientación sexual de los padres, sino el estilo educativo y el talante de éstos.”  (Buil, Garcias-Rubio, Lapastora, Rabasot, 2005: 86). Esto indica que cada ser humano independientemente de su orientación sexual se encuentra en capacidad de formar un núcleo familiar sin importar la orientación sexual que esté dada por los padres resaltando que depende del grado de educación y formación como personas, ellos tienden a ser más objetivas con respecto a la toma de decisiones en base al estilo de vida que enfrentan con la sociedad día a día. 
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